-Nacionalidad española por residencia

Una de las formas de obtención de la nacionalidad es por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. El periodo de residencia exigido se reduce en algunos casos hasta: cinco, dos o un año.

Documentos que se han de acompañar a la solicitud como norma general:

• Modelo de solicitud normalizado.

• Tarjeta de Identidad de extranjero.

• Pasaporte completo y en vigor del país de origen.

• Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

• Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado.

• Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.

• Justificante del pago de la tasa (102 euros).

• Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud

• Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud

• Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE).  

 

En el despacho de abogados ROURA ADVOCATS, tratamos asuntos de extranjería y nacionalidad, se hace un estudio detallado y personalizado de cada caso para ofrecerle el mejor servicio. Contacte con nosotros para “OBTENER NACIONALIDAD ESPAÑOLA”.

 

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